Nuevos criterios de autorización CD | Infomed Dental

Nuevos criterios de autorización CD

Todo lo que debes saber sobre los nuevos criterios de autorización de clínicas dentales

El 2018 arranca con cambios para las clínicas dentales, tanto para las que están en activo como para las futuras. La Conselleria de Sanitat ha publicado una nueva orden que fija las autorizaciones sanitarias y actualiza y crea los registros de ordenación sanitaria para clínicas dentales. Una consecuencia del proceso de digitalización en el ámbito sanitario cuyo principal cambio se plasma en el hecho de que los centros ya autorizados (con número de registro) tienen de plazo 3 años (hasta el 28 de agosto de 2020) para solicitar la actualización de datos registrales, que deberán presentar junto a la declaración responsable sobre mantenimiento de las condiciones que permitieron la autorización en su día.

Si antes de esta fecha no se ha realizado el trámite, se abrirá expediente para la revocación de la autorización concedida.

A partir de este momento, la actualización deberá producirse cada 5 años, salvo que en este periodo se produzcan modificaciones y sea necesario comunicarlas antes.

Para actualizar los datos de las clínicas dentales la Conselleria dispone de un formulario de solicitud oficial –donde se incluye la citada declaración responsable- que deberá remitirse al Registro de Centros Sanitarios.

Aquí podéis acceder al Formulario e información completa.

Estas son las principales novedades de la nueva orden. A partir, de ahí: ¿qué ventajas e inconvenientes acarrea, cuáles son los requisitos que deben cumplirse, cómo han de tramitar esta documentación las clínicas de nueva apertura y las que ya están en activo y qué dudas genera la medida? Os las respondemos en este artículo.

—VENTAJAS E INCONVENIENTES:

Las ventajas de la nueva medida: que clarifica los requisitos. La obligación de actualizar ya existía pero con la nueva orden se precisa cómo hacerlo (plazos, parámetros a cumplir, etc). Además, se unifican mediante formularios únicos las autorizaciones de los centros sanitarios de la Comunidad Valenciana.

La ‘cara b’ de la medida es que crea nuevas obligaciones para los profesionales de la odontología en tanto que deben comprobar periódicamente si cumplen los requisitos y ello conlleva una carga administrativa extra, de revisión documental. No obstante, a la clínica esta ‘obligación’ le permite tener actualizados sus datos prácticamente en tiempo real. Y por ello ya dispondrá de esta información –sin necesidad de partir de cero- a la hora de hacer cualquier trámite –por ejemplo solicitar una subvención- que exija este requisito.

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