Limitación de temperatura | Infomed Dental

Limitación de temperatura

La limitación de temperaturas en locales no afecta a las clínicas odontológicas

El Colegio de Odontólogos y Estomatólogos de la I Región (COEM) ha comunicado que las clínicas odontológicas no están incluidas en la instrucción técnica de limitación de temperatura en los términos del nuevo Real Decreto Ley.

El Real Decreto-Ley 14/2022, de 1 de agosto, de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural incluye una serie de limitaciones, como el control de la temperatura de los locales. El RDL hace referencia al Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, que incluye una instrucción técnica de control de la temperatura (I.T. 3.8), que queda redactada de la siguiente manera: "Por razones de ahorro energético se limitarán las condiciones de temperatura en el interior de los establecimientos habitables que estén acondicionados situados en los edificios y locales destinados a los siguientes usos: a) Administrativo. b) Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares. c) Pública concurrencia: culturales: teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares; establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas; restauración: bares, restaurantes y cafeterías; transporte de personas: estaciones y aeropuertos."  

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