Dientes vs alcoholímetro | Infomed Dental

Dientes vs alcoholímetro

Los jueces revocan una pena de cárcel impuesta a un joven que se negó a soplar en un control de alcoholemia porque le dolía la boca Josep S. S. fue acusado, juzgado y condenado a seis meses de prisión por desobediencia grave a la autoridad tras haberse negado a realizar la prueba de acoholemia, según recoge el artículo 380 del Código Penal.

Los hechos se remontan al pasado 13 de junio sobre la medianoche. El acusado fue interceptado por una patrulla de los Mossos d’Esquadra (la policía autonómica catalana) que había montado un dispositivo de control de alcoholemia en el Camí nou de Can Parella, en Torelló (Barcelona).

Los agentes pararon a Josep de forma aleatoria y tras revisar su documentación, que estaba en regla, decidieron pedirle que se sometiera a pruebas de detección alcohólica al sospechar que iba ebrio. Fue entonces cuando Josep puso reparos a la práctica de la prueba. Alegó que no podía realizarlas por un dolor en los dientes sufrido por un traumatismo anterior. Y, ante la advertencia de la policía de los riesgos que corría, el acusado acabó soplando «de forma errónea e insuficiente».

José Antonio Gil Heredia, juez sustituto del juzgado de lo penal número 2 de Manresa (Barcelona), no creyó las alegaciones de Josep, que atribuyó a la «voluntad» del acusado de evitar las pruebas. Lo cierto es que el acusado había perdido dos incisivos, tenía los labios inflamados a consecuencia de un golpe y así lo aportó en un informe el día del juicio. Una doctora, tía de Josep, explicó ante el juez que el accidente se había producido días antes de que le pararan los Mossos y que el dolor principal que le causaba la lesión era «la sensación de frío y calor» que le producía «el fuerte soplado».

Dos cervezas

El juzgado de Manresa, por su parte, se sirvió de esta explicación para alegar que «dicha patología no supuso obstáculo para ingerir dos cervezas unos momentos antes de conducir y ser parado en el control de alcoholemia».

Josep apeló a la Audiencia de Barcelona, que ahora le ha dado la razón. La controversia jurídica no estaba en los hechos, sino en si existió o no intención de desobedecer a la autoridad. Y la sección quinta de la Audiencia ha revocado ahora aquella condena por valorar que hasta los Mossos señalaron que el acusado tenía un diente roto y uno de los agentes, a preguntas de la fiscal, matizó la actuación del acusado en el sentido de que este «no se negaba a soplar», sino que decía «que le dolían los dientes».

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