ARTÍCULO ADICIONAL
Colocados los Colegios y la profesión odontológica en general bajo el Patronato de la Mártir Santa Apolonia, por acuerdo del Consejo General, en el Pleno de los días 29 de septiembre y 3 de octubre del año 1945, se implantó el deber de celebrar su día litúrgico el 9 de febrero de todos los años; con este fin, el Consejo de Colegios, Colegios Regionales y Juntas provinciales organizarán en este día una solemne función religiosa alrededor de la ofrenda más grata, que es la Santa Misa, con asistencia de todos los colegiados.
El emblema oficial para todos los Odontólogos será el aprobado por el Pleno del Consejo de Colegios. Este emblema será de dos clases: una, para uso de todos los profesionales, que estará formado por la Cruz de Malta en color verde aceituna, e inscrita sobre tres aspas superiores, de izquierda a derecha, las palabras «Labora por su patria»; en el aspa inferior irá la palabra «España», que ocupará la intersección de las aspas de la Cruz, y sobre fondo amarillo irá dibujado un áspid, entrelazado a un instrumento plástico; entrelazarán las aspas de la Cruz las hojas de coca a manera de corona El otro emblema será el que ostentarán los elementos profesionales que tengan o hayan tenido cargos dentro de la organización rectora de la clase, y se diferenciarán del anterior en que al filo de las aspas de la Cruz irá en letra dorada la siguiente inscripción: "Consejo General de Colegios de Odontólogos".
La bandera distintivo de la clase será de color verde aceituna ( oficialmente adoptada por todas las Organizaciones odontológicas del mundo ), y en su centro ostentará el emblema mencioado en segundo lugar, sobre un nimbo de rayas en color amarillo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN FINAL
Quedan derogados los Estatutos aprobados por Real Orden de 27 de mayo de 1930, las modificaciones introducidas por las diversas Ordenes ministeriales y cualquiera otra disposición que se oponga al presente Estatuto-Reglamento.