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Resolución Concurso de Traslado INS

12630 RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2000 del Instituto Nacional de Salud por la que se resuelve provisionalmente el concurso de traslados voluntario para la plaza de personal estatutario facultativo de Atención Primaria.

    De conformidad  con los previsto en la base 5.3 de la Resolución de 15 de octubre de 1999, de la Dirección General de Recursos Humanos del Insalud, esta presidencia Ejecutiva, en virtud de las funciones que tiene asignadas por orden comunicada del Ministerio de Sanidad y Consumo de 22 de mayo de 2000, resuelve:

    Primero- Aprobar y hacer pública la relación provisional del concurso de traslados voluntario para plazas de personal facultativo de Atención Primaria.

    Segundo- De conformidad con lo establecido en los artículos 16.2 párrafo 2, y 18.3 del Real Decreto-ley 1/1999, de 8 de enero, y según lo previsto en la base 5.4 de la convocatoria, los interesados dispondrán de un plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para formular reclamaciones contra la resolución provisional. Dichas reclamaciones serán rechazadas o admitidas por medio de la resolución definitiva, que se aprobará y publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

    Tercero.- Las reclamaciones contra la presente Resolución deberán ser remitidas a la Dirección General del INSALUD, Servicio de Selección de Personal Estatutario, calle Alcalá, número 56, 28071 Madrid.

    Cuarto.- De conformidad con lo previsto en la base 3.12 de la convocatoria, hasta la finalización del plazo para formular reclamaciones, los concursantes podrán desistir de sus solicitud de participar en el concurso de traslados voluntario. En el caso de concursantes que participen condicionalmente, según lo previsto en la base 3.10, la renuncia de uno de ellos implicará la renuncia de ambos concursantes.

    Quinto.- La relación de los concursantes que han participado en el presente concurso de traslados, con indicación de la puntuación otorgada a sus méritos, y en su caso, el destino adjudicado, se publicará en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales/ Provinciales del INSALUD y de las Subdelegaciones de Gobierno, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución del Boletín Oficial del Estado".

    Asimismo se harán públicas las relaciones del personal excluido con expresión de la causa de exclusión, en base a la siguiente clasificación.

        a. Instancia presentada fuera de plazo.

        b. No poseer en propiedad plaza de la categoría estatutaría a la que se concursa.

        c. No haber prestado servicio en la plaza que actualmente desempeña en propiedad durante, al menos, un año.

        d. No llevar en situación de excedencia voluntaria al menos un año antes de la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias

        e. Petición de destinos inexistentes o no ajustada a los códigos de la convocatoria. No adjuntar hoja de petición de plazas.

        f. Reingresados provisionales: No haber solicitado la plaza que ocupa con carácter provisional.

        h. Por exclusión del condicionado.

        Madrid, 13 de junio de 2000

        El presidente ejecutivo, Rubén F. Moreno Palanques.

 


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